Justicia condena a empresa de aseo a pagar indemnización por muerte de trabajador en La Pintana

Foto de Referencia
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La Corte Suprema condenó a la empresa de aseo industrial Total Clean Limitada a pagar una indemnización de $90 millones a familiares de trabajador que perdió la vida en un accidente laboral en planta faenadora de la comuna de La Pintana.

 

En fallo unánime, se ordenó a Total Clean indemnizar a la madre, conviviente e hijo de Abraham Andrés Vergara Huinca, quien murió en 2007 en la planta faenadora de aves y cerdos de la empresa “Agrícola Don Pollo”.

 

La sentencia del máximo tribunal establece responsabilidad de la empresa empleadora en el deceso de Vergara por la falta de medidas de seguridad para desempeñar sus labores.

 

“Que la prueba acompañada por la empresa Total Clean Limitada consistente en la declaración de dos testigos y los documentos que dan cuenta de la entrega de elementos de seguridad y de los reglamentos internos, como de la asistencia del trabajador a una charla de inducción impartida por un experto de prevención de riesgos, ha resultado insuficiente para acreditar la debida diligencia o cuidado en el cumplimiento de su obligación de seguridad respecto al lugar y condiciones en que prestaba servicios el occiso más aún cuando que estas se encuentran contradichas por los demás antecedentes aportados por las demandantes”, señaló el fallo.

 

Asimismo, el documento agregó que “así las cosas se tendrá por acreditado que la muerte del trabajador se produjo porque la empresa demandada incumplió su obligación legal de resguardo y protección, resultando responsable de los perjuicios producidos con su actuar negligente”.

 

La resolución agrega que “(…) de todos estos antecedentes es dable concluir que se ha causado un efectivo daño moral como consecuencia de las aflicciones, tribulaciones, mortificaciones y sufrimientos que han experimentado como resultado ineludible de la muerte del trabajador que era hijo, conviviente y padre de los demandantes, por lo que se procede a regular prudencialmente en la cantidad de $90.000.000 la indemnización por el daño moral causado, de los cuales corresponden $10.000.000 a la conviviente, $40.000.000 al hijo y $40.000.000 a la madre del trabajador fallecido”.

 

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